Coronavirus: estos son los nuevos requisitos para entrar a la Argentina

La modificación más importante es que argentinos o residentes con esquema de vacunación completo no necesitarán realizar más un PCR al ingresar al país.

El Gobierno nacional autorizó sus requisitos de ingreso al país, en vigencia desde este sábado 29, en medio de la pandemia por el coronavirus. La modificación sustancial que aprobó el Ministerio de Salud es que argentinos o residentes con esquema de vacunación completo no necesitarán realizar más un PCR al entrar al país, según publicó el diario La Nación.

La flexibilización de la restricción se publicó en el Boletín Oficial el miércoles e implica un cambio profundo, a partir del despliegue de la campaña de inmunización oficial. El descenso de casos de la tercera ola es uno de los argumentos utilizados para avanzar en la medida.

VACUNACIÓN COMPLETA, 14 DÍAS ANTES DE ENTRAR

Los argentinos o residentes no tendrán que presentar una prueba PCR en su entrada. Sí deberán realizar una declaración jurada.

Los extranjeros provenientes de países limítrofes o sus residentes que hubieran permanecido los últimos 14 días con esquema completo de vacunación en los mismos gozarán de los mismos beneficios que los argentinos inmunizados. Solo precisarán demostrar el certificado correspondientes, el seguro médico contra el Covid-19 y completarán la declaración jurada requerida.

Los extranjeros que provengan de países con los que Argentina no comparte frontera no serán alcanzados por el beneficio. Tendrán que presentar la declaración jurada, la prueba PCR dentro de las 72 horas, o test de antígeno dentro las 48 horas previas. Como en el resto de los casos, se requiere un seguro médico Covid-19.

SIN ESQUEMA COMPLETO DE VACUNACIÓN

Argentinos y residentes tienen que presentar la declaración jurada, la prueba PCR 72 horas antes, o el test de antígeno en las 48 horas previas. Y realizar aislamiento de 7 días “desde la muestra del test diagnóstico”.

Los extranjeros no residentes deberán sumar, a los requisitos previos, la presentación de un seguro médico covid-19 junto con la constancia o certificación consular de la excepción de vacunación.

Los y las menores de edad que no hayan completado el esquema de vacunación podrán ingresar sin realizar la cuarentena. Sin embargo, aquellos que tengan entre 6 y 18 años, deberán presentar un test de antígenos o prueba PCR al ingresar.

POSITIVOS

Quienes se haya contagiado recientemente y viajen por avión, deberán presentar PCR o test de antígenos positivo y certificado de alta médica con más de 10 días “desde la fecha de inicio de síntomas” o del diagnóstico.

Las personas positivas por contacto estrecho estarán eximidas de presentar el certificado de diagnóstico y solo se les requerirá el certificado de alta médica con más de 10 días desde la aparición de los síntomas.

VEHÍCULOS

Para abordar un vehículo, las personas deben ser asintomáticas para Covid-19.

Se permitirá el ingreso en vehículos particulares de argentinos y residentes vacunados con esquema completo y sean casos positivos que ya hayan completado siete días de aislamiento desde la toma de la prueba diagnóstica.

A su vez, podrán ingresar en vehículos particulares terrestres de argentinos y residentes que sean contactos estrechos vacunados asintomáticos.

Los contactos estrechos asintomáticos no vacunados que ingresen por ese medio deberán completar su aislamiento en el país.

El ingreso en vehículo de transporte de pasajeros se autoriza a partir de cumplir los diez días de aislamiento para casos positivos desde la fecha de inicio de síntomas o de diagnóstico.

CRUCEROS

Todas las personas deberán presentar un test PCR realizado en las 72 horas previas al viaje

TRANSPORTE DE CARGA INTERNACIONAL

Los transportistas de carga deberán realizar la declaración jurada y reemplazar la prueba PCR cada 7 días por test de antígeno cada 7 días.

A su vez, las empresas transportistas están obligadas a que el test se efectué al inicio del itinerario y en proximidad al domicilio del transportista.

Además, Migraciones informó que debe suspenderse la actividad “ante la mínima aparición de síntomas. Y debe ser verificado un seguro de cobertura de covid-19 para su atención en el exterior. Las previsiones se aplican también a la tripulación del transporte internacional de pasajeros.

Fuente: La Voz

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