Más de una docena de localidades de Santa María suspenden la emisión de licencias de conducir

Hace un año que entró en vigencia la ley que considera inválidas las licencias emitidas sin adhesión a la ley provincial ni a la nacional, una derivación del caso de Oscar González.

Luego de una reunión que se llevó adelante este miércoles por la mañana con el área de Tránsito de la Provincia de Córdoba, los intendentes y jefes comunales más de 12 localidades del departamento de Santa María suspendieron momentáneamente la emisión de licencias de conducir.

Se trata de las localidades de La Serranita, Villa del Prado, Malagueño, Toledo, Rafael García, Dique Chico, Falda del Carmen, La Paisanita, La Rancherita, Anisacate, Villa Parque Santa Ana, Potrero de Garay, Valle de Anisacate y Villas Ciudad de América.

¿A qué se debe?

Durante la jornada de este martes, circuló extraoficialmente una nota que tenía en su poder la Policía Caminera para emitir multas y el retiro de la licencia a estas localidades, ya que no tenían cobertura nacional para emitir el carnet.

Debido a esto, los intendentes se dirigieron a Cordoba, sorprendidos por la noticia, ya que oficialmente nadie los había informado y se encontraron con la novedad de que no van a poder emitir.

¿Qué pasa hasta que terminen de hacer los trámites necesarios para que la licencia tenga cobertura nacional? ¿Qué pasa con las multas?

Según trascendió, aquellas personas que a las que les labren una multa por conducir con esos carnet, se deberían dirigir a la comuna o municipio para que interceda y se pueda llegar a un acuerdo sin tener que abonar dicha multa.

El tema impactó fuertemente en gran parte de la provincia de Córdoba debido a que no hubo comunicación oficial de ningún tipo para los municipios y comunas que estaban emitiendo. Un caso particular es Anisacate, que hasta el año 2023 se emitían Licencias Nacionales y a partir de la nueva gestión se le dio de baja y empezaron a realizarse solo provinciales, lo que estaría dificultando también, al igual que las demás, la emisión en este momento.

En concreto, la Policía Caminera debe verificar en estos casos que las licencias emitidas por estos municipios sean posteriores al 20 de julio de 2023, cuando entró en vigencia la ley. Si coincide el domicilio del DNI y el carné es posterior a esa fecha, al conductor le corresponde multa.

Si, en cambio, el domicilio no coincide con el del DNI la sanción es más grave: multa y retención de licencia.

A CONTINUACIÓN EL LISTADO:

¿Dónde saco el carné si vivo en municipio no habilitado?

En la ley aprobada en julio de 2023, en su artículo 13 se define que “las licencias otorgadas por municipalidades y comunas que utilicen para tal fin el Sistema Único de Emisión de Licencias de Conducir y registren las licencias en el Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito, habilitará a conducir en toda la Provincia de Córdoba, y en todas las calles y caminos de la República de acuerdo a los convenios que suscriba la Provincia de Córdoba con los demás Estados Provinciales y/o con la Agencia Nacional de Seguridad Vial”.

Se establece, además, que “la Licencia de Conducir debe tramitarse en la Municipalidad o Comuna donde el solicitante posea domicilio, con la única condición de que las mismas apliquen el Sistema Único de Emisión de Licencias de Conducir y se las registre en el Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito. El solicitante que posea domicilio en una jurisdicción que no se ajuste a la condición establecida en el párrafo anterior, tendrá la opción de obtener la Licencia de Conducir en una jurisdicción distinta a la de su domicilio que sí la aplique”.

Es la única excepción a la indicación general de que sólo se entreguen licencias a vecinos con domicilio en las ciudades que emiten licencias.

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