Además, se presentó un proyecto de ordenanza para crear un Programa de Capacitación para artesanos y feriantes de Alta Gracia.
Este miércoles, en la sesión del Concejo Deliberante fue declarada de Interés Municipal y Cultural el Paseo de los Artesanos de plaza Solares. Muchos de ellos estaban presentes en el recinto, y expresaron su sentir sobre la decisión tomada por el legislativo. Por otra parte, se presentó un proyecto de ordenanza para crear un Programa de Capacitación para artesanos y feriantes de Alta Gracia.
“Estoy feliz y contenta, estamos cumpliendo un largo sueño. Nos pareció que después de 40 años tenemos que remontar el barrilete de los sueños, y lo hicimos porque creímos que nos merecíamos ser declarados como guardianes de la cultura del pueblo. Fuimos con una propuesta a la municipalidad y se cumplió (…) “, contó Cristina a Mi Valle sobre lo ocurrido en el Concejo.
EL PROYECTO
VISTO la necesidad de fortalecer el sector artesanal y de feriantes en Alta Gracia, brindando apoyo y capacitación integral, Y
CONSIDERANDO
Que Alta Gracia se destaca como una ciudad turística que atrae a numerosos visitantes interesados en los artesanos y feriantes locales.
Que es fundamental promover y difundir los distintos tipos de turismo que pueden desarrollarse en nuestra ciudad: cultural, religioso, gastronómico, salud y deportivo, entre otros.
Que los artesanos y feriantes desempeñan un papel crucial en la promoción y preservación de la identidad cultural y tradiciones locales.
Que es necesario que los artesanos y feriantes adquieran conocimientos sólidos sobre la historia, los lugares emblemáticos y los servicios turísticos de Alta Gracia para brindar información enriquecedora a los visitantes.
Que el fortalecimiento de habilidades empresariales entre los artesanos y feriantes, como el emprendimiento, la contabilidad, la facturación, las inscripciones registrales, la gestión de riesgos y el plan de negocios, es fundamental para el desarrollo y la sostenibilidad de sus emprendimientos.
Que el acceso a las nuevas tecnologías brinda oportunidades significativas para la visualización, difusión y comercialización de los productos artesanales, por lo que es necesario que los artesanos y feriantes adquieran competencias básicas en informática.
Que el programa de capacitación integral contribuirá a mejorar la calidad y diversidad de los productos artesanales y feriantes ofrecidos en Alta Gracia.
Que la colaboración entre la Municipalidad de Alta Gracia, la Escuela Superior de Turismo José Fernando Ferrari, la casa de la Cultura y otras instituciones educativas y organizaciones relacionadas con el turismo, la artesanía, los emprendimientos y las tecnologías de la información y comunicación, es fundamental para el éxito del programa de capacitación.
Que la Municipalidad de Alta Gracia debe facilitar el acceso de los artesanos y feriantes al programa de capacitación, estableciendo la gratuidad de la misma.
Que es necesario establecer un cronograma anual de cursos y talleres que sea comunicado con anticipación a los interesados, garantizando horarios y lugares adecuados para la realización de las capacitaciones.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1: CRÉASE el programa de capacitación para artesanos y feriantes de Alta Gracia, a cargo de la Municipalidad de Alta Gracia.
Artículo 2: El programa de capacitación incluirá los siguientes temas:
a) Conocimiento de la historia, lugares de interés y servicios turísticos de Alta Gracia.
b) Aspectos económicos y culturales de la ciudad.
c) Diversidad de turismo en Alta Gracia: cultural, religioso, gastronómico, salud, deportivo, entre otros.
d) Habilidades empresariales: emprendimiento, contabilidad, facturación, inscripciones registrales, gestión de riesgos y plan de negocios.
e) Uso de herramientas tecnológicas e informáticas para la visualización, difusión y comercialización de productos artesanales.
f) Todo otro tema que, a criterio de la/s institución/es capacitadora/s, sea de interés para de fortalecer el sector artesanal y de feriantes en Alta Gracia
Artículo 3: La participación de los artesanos y feriantes en el programa de capacitación, será sin costo alguno.
Artículo 4: Se establecerá un cronograma anual de cursos y talleres, el cual será comunicado con antelación a los interesados. Los horarios y lugares de capacitación, inscripción y cupos, capacitadores y temarios, serán determinados por la Secretaría de Gestión pública, turismo, cultura y deportes.
Artículo 5: La Municipalidad de Alta Gracia promoverá la difusión y divulgación de los productos y emprendimientos de los artesanos y feriantes a través de sus canales de comunicación, sitios web y redes sociales.
Artículo 6: La capacitación se realizará con la participación de la Escuela Superior de Turismo José Fernando Ferrari, la casa de la Cultura, y se invitará a otras instituciones educativas y organizaciones relacionadas con el turismo, artesanía, emprendimientos y tecnologías de la información y la comunicación a colaborar en la implementación y desarrollo del programa de capacitación.
Artículo 7: Es autoridad de aplicación de la presente ordenanza el poder ejecutivo municipal, quien arbitrará medios y personas necesarios para el cumplimiento de esta.
Artículo 8: De forma.