La Justicia ordenó al Gobierno de Córdoba y a las comunas de Icho Cruz y Tala Huasi a tomar medidas preventivas ante las crecidas del río San Antonio. De esta manera, el Juzgado Civil y Comercial 27° de Córdoba determinó que deberán invertir en infraestructura, disponer de guardavidas y brindar información a turistas y vecinos. La resolución fue dictada por el juez Francisco Martín Flores, quien dijo que las comunas tendrán 30 días para cumplir con la orden ya que de lo contrario lo puede ejecutar un tercero. La causa tuvo su origen en una demanda interpuesta por familiares de una persona fallecida cuando pescaba durante un desborde del río San Antonio, que finalmente fue rechazada por considerarse que el sujeto había aceptado exponerse a la actividad riesgosa “de la que había sido largamente advertido”. El trágico suceso ocurrió el 4 de enero de 2004, cuando Marcelo Fabián Graglia falleció luego de ser sorprendido en el medio del río a pocos metros del puente que divide las localidades de Icho Cruz y Tala Huasi. De igual manera, el juez entendió que hay una omisión por parte de la Provincia y las comunas para llevar a cabo una adecuada inversión en infraestructura y otros aspectos que tiende a contribuir a la prevención de los daños originados por las crecientes del río. Flores señalo que la resolución insta a la Provincia a informar cuál es el sistema de prevención de este tipo de fenómenos y con qué recursos tecnológicos cuenta. Asimismo, ordenó a las comunas colocar cartelería visible en la vera del río, disponer de guardias ribereños, dar cabal información a los turistas acerca de este tipo de fenómenos y llevar adelante campañas de concientización. Fuente: Cadena 3