Las acusadas quisieron pagar 200 mil pesos en cuotas por la muerte de Teo

“Es sumamente indignante”, dijo el abogado de la familia del pequeño que murió ahogado en la pileta de la guardería “Recrearte” en Anisacate en el año 2018. Hoy se llevó a cabo una audiencia. En los próximos cinco días se sabrá qué decisión toma la Justicia; si acepta o no lo propuesto por la defensa-.

Este jueves se realizó la audiencia para debatir si se hacía o no lugar a la Probation*, solicitada por la defensa de las imputadas por la muerte del pequeño Teo Rodríguez. Cabe aclarar que ambas (María Inés García Conde (directora de la guardería) y la docente María Elizabeth Sabich) intentaron evitar el proceso con un “resarcimiento económico” de 200 mil pesos en cuotas.

Terminada la participación de las partes, las imputadas brindaron sus datos personales y la juez enunció cada uno de los requisitos para que pueda brindárseles el beneficio de la suspensión de juicio a prueba ( que la pena hipotética sea menor a tres años, que no tengan antecedentes computables, que no se hayan acogido con antelación al beneficio, que no se trate de funcionarios públicos y que el delito haya sido cometido en ocasión de sus funciones); requisitos cumplimentados por las dos.

Luego dijo respecto a la propuesta de reparación que sería ella quien evalúe su razonabilidad, y que el otro elemento dirmente es la opinión del Fiscal de Cámara. Acto seguido se le dio la palabra al Fiscal, quien se pronunció por la negativa al otorgamiento del beneficio a García Conde y Sabich, por razones de “política criminal”, y se sustentó en la Convención de los Derechos del Niño, cuando este se refiere a la tutela que deben tener los niños y la seriedad y profundidad con que deben ser llevados adelante los procesos judiciales dónde se investiguen hechos que los tengan como víctimas.

Como este es el caso, la desición final deberá imperativamente surgir de una audiencia abierta atendiendo que se había extinguido la vida de un bebé. Se le dio la palabra al representante de la querella quien se sumó a los dichos del fiscal e hizo hincapié en el hecho de que el actuar contario a derecho de García Conde al colocar una pileta cuando le estaba prohibido ya demuestra “el disvalor a la norma y al cuidado de los niños respecto de los cuales tenía su cuidado estando en un rol de garante, mientras Sabich no había dispensado el cuidado necesario y demás no lo hizo habiendo podido prever el riesgo”, manifestó Aguero.

En tercer término se pronunció la defensa de las imputadas, quien se refirió a su intención de rectificar lo expresado en el pedido de Probation dónde expresaba la propuesta de reparación integral del daño por 200 mil pesos cada imputada, y que lo sucedido era “un error material e involuntario”. Finalmente retomó la palabra la juez quien manifestó que la decisión final se conocer dentro de los próximos cinco días.

EL SUPUESTO RESARCIMIENTO

Diego Aguero, el abogado de la familia del pequeño Teo Rodríguez, se mostró “indignado” por el ofrecimiento de la parte acusada. “Quisieron pagar doscientos mil pesos en cuotas por la muerte de Teo. Parece que la maestra y la directora piensan que de esa manera pueden resarcir el homicidio del pequeño; porque es eso, un homicidio”, indicó.

Voz del abogado Aguero:

“El pedido de la querella se enfoca en poner ante los sentidos de los representantes de la Justicia cordobesa el hecho que aquí no se trata de un hecho cualquiera, sino que se trata de la afectación al bien jurídico más valioso y de un bebé, a quien se le truncó a su propio inicio la potencialidad de vivir, arrancando con ello la felicidad de toda una familia”, sentenció Aguero.

Y agregó: “No se trató de un accidente, ya que es algo que podría haber sido evitado, primero no poniendo la pileta, en segunda instancia si la municipalidad lo hubiese controlado, y ya en última instancia si la docente que colocó a Teo en el agua lo hubiese cuidado debidamente, si hubiera estado en el espejo de agua junto con el y no haciendo otra cosa mientras que su deber era cuidarlo y no abandonarlo a su suerte como lo hizo”.

EL CASO

Teo Nicolás Rodríguez Ramírez, de un año y medio, falleció un 10 de enero del 2018 tras ahogarse es una pileta de lona en la guardería “Recrearte” de la localidad de Anisacate.

El informe policial destacaba que el niño recibió asistencia de un médico, quién aplicó las reanimaciones básicas y luego fue trasladado de inmediato al Hospital Arturo U. Illia de la ciudad de Alta Gracia.

En el nosocomio fue nuevamente reanimado, y luego derivado al Hospital de Niños de la ciudad de Córdoba, lugar donde en horas de la madrugada perdió la vida.

Cabe destacar que por el hecho, María Inés García Conde y la docente María Elizabeth Sabich fueron imputadas de “homicidio culposo”.

*Recurso judicial que se emplea para la resolución de una situación delictiva. También conocida como suspensión del juicio a prueba, permite dar por finalizado el conflicto entre las partes sin el encarcelamiento del imputado