El concejal Spinetti propone crear la Universidad Nacional de Alta Gracia

El proyecto fue presentado este miércoles en el Concejo Deliberante. El edil viene levantando la vara del Legislativo en cuanto a contenidos e ideas que trascienden a los partidos políticos.

Durante la sesión de este miércoles del Concejo Deliberante de Alta Gracia, el edil Pedro Spinetti, presentó un proyecto de ordenanza que generó mucha expectativa. Se trata de la creación de la Universidad Nacional de Alta Gracia, una casa de estudios libre y gratuita que sin dudas generará una opción educativa muy importante no solo para esta ciudad, sino también para todo el departamento.

Desde hace tiempo, Spinetti viene levantando la vara del Legislativo en cuanto a contenidos e ideas que trascienden a los partidos políticos, como por ejemplo, el Puerto Seco, otro de los proyectos presentados hace poco tiempo.

En cuanto a la Universidad, y los pasos previos para que este proyecto se lleve adelante, el escrito habla de la creación de una Comisión PRO-Universidad Nacional de Alta Gracia, con la función específica de “elaborar el proyecto en cumplimiento de los principios establecidos en el artículo 3º de la Ley de Educación Nacional, que prioriza la educación como política de Estado para construir una sociedad justa, fortalecer el desarrollo económico-social de la Nación y reafirmar la soberanía e identidad nacional”.

Por otra parte, enfatiza que esta Comisión “deberá llevar adelante un proceso de consulta y participación activa con la comunidad educativa, el sector productivo, las organizaciones sociales y los actores involucrados en el desarrollo regional, con el propósito de recoger aportes, inquietudes y sugerencias que enriquezcan el proyecto y favorezcan el sentido de pertenencia de la comunidad”.

“Hay que armar comisiones y hay que empezar a empujar el barco para que se de. Si se dio en otros lugares ¿por qué Alta Gracia no?”, dijo el concejal a Mi Valle, y agregó: “Están dadas condiciones. Simplemente hay que trabajar, tramitar y hacerlo. Hay que pensar qué queremos como ciudad, tener la voluntad expresa de todas las fuerzas, sin ideologías, sin politiquería…ahí está el desafío. El beneficio es geométrico. Hasta ahora hemos venido dándole el servicio presente que necesita la gente, y está bien. Pero ahora tenemos todo el potencial que necesitan estos emprendimientos. En algún momento se va a dar, y sin dudas eso va a ser un lujo para los altagracienses”.

PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO: La necesidad de promover el desarrollo integral de la región mediante la creación de la Universidad Nacional de Alta Gracia, con el objetivo de generar y enseñar conocimientos e innovaciones que contribuyan al desarrollo productivo, cultural y social; el desarrollo humano y profesional de la sociedad; y la solución de los problemas, necesidades y demandas de la comunidad de pertenencia; y
CONSIDERANDO
Que el acceso universal a una educación superior de calidad es un derecho fundamental que debe garantizarse para todas las personas, independientemente de su origen socioeconómico o lugar de residencia.
Que la creación de la Universidad Nacional de Alta Gracia permitirá fortalecer el capital humano de la región, formando profesionales altamente capacitados para contribuir al progreso local y nacional.
Que la oferta académica de la universidad debe estar igualmente enfocada en las necesidades y demandas específicas de la región, para abordar problemas relevantes y fomentar el desarrollo sostenible.
Que es de público conocimiento la relevancia del Hospital Illia como centro de atención sanitaria en la región, lo cual justifica la implementación de carreras relacionadas con la atención de la salud.
Que la implementación de carreras orientadas a la atención de la salud permitirá formar profesionales capacitados para mejorar la calidad de los servicios sanitarios en la región.
Que la gestión del ejecutivo municipal ha sido en pro de mejorar, diversificar, profundizar y expandir los centros de atención de primer orden, los dispensarios, en la ciudad de Alta Gracia, así como priorizar la atención de grupos vulnerables, lo que tiene como consecuencia un aumento en la demanda de personal calificado en el área de salud.
Que la formación en informática tiene gran impacto positivo en el desarrollo tecnológico y la innovación en la región, más aún teniendo en cuenta que nuestra localidad es sede de escuela PROA e instituciones educativas que tienen especialidad en informática.
Que la creación de la universidad de Alta Gracia facilitará el acceso a la educación superior para los habitantes de Alta Gracia y localidades vecinas, limitando las barreras de traslado y costos para los estudiantes.
Que la formación en el área de informática es fundamental para impulsar el desarrollo tecnológico y la innovación en la región, contribuyendo al crecimiento económico y social.
Que la universidad promoverá la articulación con otras instituciones educativas y sociales, fomentará el trabajo colaborativo y multidisciplinario para abordar problemas complejos de manera integral.
Que la identidad local y regional será fortalecida con la creación de la universidad, descubriendo un sentido de pertenencia y arraigo en los estudiantes y la comunidad.
Que la planificación de programas de investigación y extensión en la universidad contribuirá al desarrollo de conocimientos relevantes para la región y al fortalecimiento de la vinculación con la comunidad.
Que, considerando la rica historia cultural y artística de Alta Gracia, caracterizada por ser cuna del arte en todas sus expresiones, se reconoce la relevancia de incorporar la dimensión patrimonial y artística en la propuesta académica de la Universidad Nacional de Alta Gracia. Asimismo, se valorará la presencia de museos y espacios culturales en la región, que constituye un invaluable acervo cultural y que pueden ser potenciados mediante la articulación con la universidad, enriqueciendo así la formación de los estudiantes y fomentando la difusión del patrimonio cultural local.
Que la participación activa de la comunidad en el proceso de creación de la universidad es esencial para asegurar una propuesta educativa inclusiva y adecuada a las necesidades locales.
Que la cooperación entre actores sociales, instituciones educativas y empresas es fundamental para impulsar el desarrollo integral de la región.
Que la universidad representará un espacio de formación y desarrollo para los estudiantes, contribuyendo a su crecimiento personal y profesional.
Que la oferta académica de la universidad debe ser diversa y flexible, para adaptarse a las demandas cambiantes del entorno local y global.
Que debe considerarse la relevancia del Polo Industrial de Alta Gracia como un eje para la definición de carreras vinculadas a la informática y la tecnología.
Que la universidad deberá fomentar la equidad en el acceso y permanencia de estudiantes de diferentes contextos socioeconómicos, promoviendo políticas de inclusión y becas.
Que la Universidad Nacional de Alta Gracia deberá establecer alianzas estratégicas con organismos gubernamentales, empresas y organizaciones sociales para potenciar su impacto en la región.
Que la creación de la universidad representa una oportunidad para impulsar la cultura del emprendimiento y la innovación en la región.
Que la formación de recursos humanos altamente capacitados en la región contribuirá a reducir la brecha de conocimiento y desarrollo con otras regiones más avanzadas.
Que la universidad deberá ofrecer programas de formación continua y capacitación para profesionales en ejercicio, fomentando el aprendizaje a lo largo de la vida.
Que la Universidad Nacional de Alta Gracia deberá promover la investigación aplicada y el desarrollo de proyectos que aporten soluciones a problemas concretos de la región.
Que la creación de la universidad requiere un compromiso y esfuerzo conjunto de todos los actores involucrados, incluyendo a la comunidad, el gobierno local y las instituciones educativas y empresariales.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTÍCULO 1: CRÉASE la Comisión PRO-Universidad Nacional de Alta Gracia, con la función específica de elaborar el proyecto de creación de la Universidad Nacional de Alta Gracia, en cumplimiento de los principios establecidos en el artículo 3º de la Ley de Educación Nacional, que prioriza la educación como política de Estado para construir una sociedad justa, fortalecer el desarrollo económico-social de la Nación y reafirmar la soberanía e identidad nacional.
ARTÍCULO 2: La Comisión estará compuesta por un cuerpo técnico multidisciplinario de expertos en educación superior, planificación estratégica, desarrollo regional, gestión pública, académicos de referencia, designados por el poder ejecutivo municipal; y miembros del Honorable Concejo Deliberante. Se procurará una composición plural y representativa de los diferentes actores sociales involucrados en el proceso.
ARTÍCULO 3: La Comisión PRO-Universidad Nacional de Alta Gracia llevará a a cabo su labor, debiendo desarrollar un estudio exhaustivo de factibilidad, identificar las necesidades y potencialidades de la ciudad y la región, y diseñar un plan estratégico de creación y desarrollo de la universidad, así como elaborar el proyecto de presentación ante las autoridades pertinentes.
ARTÍCULO 4: La Comisión deberá considerar en su trabajo la demanda potencial de estudiantes, el perfil ocupacional del territorio, el análisis de las instituciones necesarias para el desarrollo de la universidad, el diagnóstico de las áreas temáticas prioritarias para la formación académica y la relevancia del desarrollo de programas de investigación y extensión, priorizando el área de la salud, la informática y el arte.
ARTÍCULO 5: El proyecto de creación de la Universidad Nacional de Alta Gracia deberá establecer con precisión los lineamientos pedagógicos, la estructura organizativa, el diseño curricular de las carreras, el perfil de los docentes e investigadores, el financiamiento y las infraestructuras necesarias para el funcionamiento eficiente de la universidad.
ARTÍCULO 6: La Comisión PRO-Universidad Nacional de Alta Gracia deberá llevar adelante un proceso de consulta y participación activa con la comunidad educativa, el sector productivo, las organizaciones sociales y los actores involucrados en el desarrollo regional, con el propósito de recoger aportes, inquietudes y sugerencias que enriquezcan el proyecto y favorezcan el sentido de pertenencia de la comunidad.
ARTÍCULO 7: Una vez finalizado el proyecto de creación de la Universidad Nacional de Alta Gracia, la Comisión deberá presentarlo ante el Poder Ejecutivo Municipal y el Honorable Concejo Deliberante, acompañado de un informe detallado que fundamente las decisiones tomadas y las proyecciones a futuro de la universidad.
ARTÍCULO 8: En caso de que el proyecto sea aprobado, se deberá establecer un plan de implementación progresiva, que contemple etapas de desarrollo, crecimiento y consolidación, garantizando una transición adecuada y sostenible hacia el pleno funcionamiento de la universidad.
ARTÍCULO 9: La Universidad Nacional de Alta Gracia deberá regirse por los principios de autonomía universitaria y gestión democrática, asegurando la participación activa de sus integrantes en la toma de decisiones y el desarrollo institucional.
ARTÍCULO 10: Se impulsará la creación de un Fondo municipal destinado a financiar la puesta en marcha y el funcionamiento inicial de la Universidad Nacional de Alta Gracia, garantizando recursos suficientes para asegurar su operatividad y desarrollo.
ARTÍCULO 11: El poder ejecutivo municipal gestionara por ante el Ministerio de Educación de la Nación y las autoridades competentes el que brinden el apoyo técnico, financiero y logístico necesario para asegurar el éxito de la creación de la universidad y su inserción efectiva en el sistema de educación superior nacional.
ARTÍCULO 12: Se fomentará la articulación con otras universidades nacionales y organismos gubernamentales, para promover la cooperación, el intercambio académico y la generación de proyectos de investigación y extensión conjuntos.
ARTÍCULO 13: La Universidad Nacional de Alta Gracia deberá promover la formación integral de sus estudiantes, fomentar el pensamiento crítico, la creatividad, la responsabilidad social y el compromiso con el desarrollo sustentable de la región.
ARTÍCULO 14: Se impulsará la vinculación estrecha entre la universidad y el sector productivo, para potenciar la transferencia de conocimiento, el emprendedurismo y la innovación, con el propósito de generar un impacto positivo en el desarrollo socioeconómico de la región.
ARTÍCULO 15: La creación de la Universidad Nacional de Alta Gracia se considerará un hito histórico en la promoción del acceso a la educación superior en la región, y se establecerán mecanismos de seguimiento y evaluación periódica para medir su impacto y eficacia.
ARTÍCULO 16: La Universidad Nacional de Alta Gracia se regirá por la normativa vigente en materia de educación superior y se comprometerá a cumplir con los estándares de calidad académica y de gestión establecidos por los organismos de acreditación y control.
ARTÍCULO 17: Una vez finalizado el proyecto de creación de la Universidad Nacional de Alta Gracia, presentado y aprobado por ante el Poder ejecutivo y legislativo locales, la Municipalidad de Alta Gracia se compromete a presentarlo ante el Congreso de la Nación, en conjunto con los informes y fundamentos correspondientes, para su evaluación y aprobación.
ARTÍCULO 18: Teniendo en cuenta que la creación de la Universidad Nacional de Alta Gracia representará un logro trascendental para el desarrollo humano y profesional de la región, convirtiéndose en un motor de progreso y transformación social para las generaciones presentes y futuras, se impulsará una política de diálogo y consenso con las distintas fuerzas políticas en el entendimiento que la educación no es un privilegio, sino un derecho humano que no reconoce diferencia alguna.
ARTÍCULO 19: Se reconoce que la elaboración del proyecto de creación de la Universidad Nacional de Alta Gracia exige un tiempo prolongado y trasciende los plazos de la gestión actual. Por lo tanto, se garantiza que la Comisión PRO-Universidad Nacional de Alta Gracia continuará con sus actividades en la siguiente gestión, asegurando la continuidad y estabilidad del proceso de creación de la universidad como una prioridad indiscutible para el desarrollo educativo y social de la región.
ARTÍCULO 20: De forma