La Cooperativa de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Anisacate, informó a través de un comunicado que el Gobierno Nacional oficializó la modificación de los topes de consumo máximos subsidiados.
La Cooperativa de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Anisacate, informa que el Gobierno Nacional oficializó la modificación de los topes de consumo máximos subsidiados y las bonificaciones sobre los precios mayoristas de energía eléctrica para los usuarios de ingresos bajos y medios, lo que redundará en un aumento que sería superior al 150%.
RESIDENCIAL N2: Este segmento de usuarios residenciales, hasta el consumo de 350 kWh mes, pagará la tarifa Residencial N2, con subsidio. Por el excedente de dicho consumo, se aplicará la tarifa Residencial N1.-
RESIDENCIAL N3: Este segmento de usuarios residenciales, hasta el consumo de 250 kWh mes, pagará la tarifa Residencial N3, con subsidio. Por el excedente de dicho consumo, se aplicará la tarifa Residencial N1.-
A.2.- LIMITES DE CONSUMOS CON SUBSIDIO –
CONSUMO EXCEDENTE A TARIFA RESIDENCIAL N1 – PERIODO INVIERNO (1 DE JUNIO A 31 DE AGOSTO) ZONAS FRIAS SIN
GAS NATURAL POR REDES:
Por el período comprendido entre los meses de junio a agosto, inclusive, para los usuarios Residenciales N2 y N3, cuyos suministros se encuentren ubicados dentro de la zona fría, que incluye al departamento Santa María y cuyos hogares no cuenten con el servicio de gas natural por redes, se incrementan los límites de consumo para el acceso al subsidio a la generación y transporte nacional, siendo los siguientes:
RESIDENCIAL N2: Este segmento de usuarios residenciales, hasta el consumo de 700 kWh mes, pagará la tarifa Residencial N2, con subsidio. Por el excedente de dicho consumo, se aplicará la tarifa Residencial N1.-
RESIDENCIAL N3: Este segmento de usuarios residenciales, hasta el consumo de 500 kWh mes, pagará la tarifa Residencial N3, con subsidio. Por el excedente de dicho consumo, se aplicará la tarifa Residencial N1.-
B.- NUEVOS VALORES DE LOS SUBSIDIOS A RESIDENCIALES N2 Y N3:
A partir del 1 de junio, los usuarios Residenciales N2 y N3, en términos de subsidios a la generación y al transporte nacional, los valores a subsidiar serán los siguientes:
RESIDENCIAL N2: Los consumos base (350 o 700 kWh, según el caso) de los Residenciales N2 tendrán una bonificación del 71,92% sobre el precio definido para el Segmento N1. Por el consumo excedente se aplicará el valor definido para el Residencial N1.-
RESIDENCIAL N3: Los consumos base (250 o 500 kWh, según el caso) de los Residenciales N3 tendrán una bonificación del 55,94% sobre el precio definido para el Segmento N1. Por el consumo excedente se aplicará el valor definido para el Residencial N1.-
En ambos casos, implican incrementos en las tarifas, respecto de los valores tarifarios vigentes al 31 de mayo del corriente año, que serán informadas y autorizadas para su aplicación, oportunamente, por el ERSeP.-