La justicia rechazó el amparo de “Unidos por nuestras acequias”, pero exhortó a comunas y APRHI a garantizar su preservación

La Cámara en lo Contencioso Administrativo de Córdoba resolvió rechazar la acción de amparo ambiental impulsada por vecinos de Villa La Bolsa, Valle de Anisacate y Anisacate —organizados en la asamblea ciudadana Unidos por Nuestras Acequias— que buscaba la rehabilitación de las históricas acequias “El Descanso” y “Las Rosas”.

En su sentencia, los vocales Leonardo Massimino, Francisco Matías Gordillo Saravia y Gabriela Cáceres consideraron que no se acreditó una situación de ilegalidad o arbitrariedad manifiesta que justificara la vía del amparo. Además, remarcaron que las acequias forman parte de obras de carácter privado y no de dominio público, lo que condiciona las responsabilidades estatales.

El fallo y sus fundamentos

Los jueces señalaron que la cuestión excede el marco de un amparo extraordinario y requiere de una solución integral, institucionalizada y consensuada entre todos los actores: comunas, municipio, Provincia y la Administración Provincial de Recursos Hídricos (APRHI).

En ese sentido, exhortaron a los gobiernos locales y a la APRHI a continuar con la definición e implementación de planes de manejo pluvial, la limpieza y el resguardo cultural de la bocatoma de la acequia El Descanso. También dejaron abierta la posibilidad de intervención de la Policía Ambiental (Ley 10.115) en caso de detectarse ilícitos vinculados a la apropiación ilegal del recurso hídrico.

Un debate que trasciende lo local

El proceso judicial incluyó la revisión de informes técnicos, inspecciones oculares y documentación histórica sobre las acequias, que datan de los siglos XIX y XX y que forman parte del entramado cultural de Paravachasca.

Si bien el tribunal rechazó la vía elegida, reconoció el valor patrimonial y la necesidad de resguardar las acequias dentro de un plan integral que contemple tanto su impacto ambiental como su relevancia cultural e histórica.

El cierre de la Cámara

Finalmente, el tribunal resolvió:

  1. Hacer lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva planteada por la Provincia de Córdoba.
  2. No hacer lugar a la misma excepción presentada por la APRHI.
  3. Rechazar la acción de amparo ambiental interpuesta por los vecinos.
  4. Exhortar a comunas, municipio y APRHI a garantizar limpieza, control y preservación.
  5. Disponer que, de ser necesario, se convoque a la Policía Ambiental.
  6. Imponer las costas por el orden causado.

Lo que viene

Aunque la sentencia no dio lugar al pedido vecinal, dejó claro que la problemática de las acequias requiere soluciones de fondo, con planes de saneamiento y participación de todos los niveles de gobierno.

Los vecinos adelantaron que continuarán impulsando acciones para preservar lo que consideran un patrimonio ambiental y cultural único de la región. Y las comunas, por su parte, especialmente en Villa La Bolsa donde se puede ver la mayor cantidad de canales, adelantaron que vienen reuniéndose con profesionales experimentados en la materia para que esta apertura sea provechosa para todos “respetando y preservando el ambiente, pero cuidando y manteniendo esos cursos de agua, de manera tal que todos tengamos derechos y responsabilidades”, enfatizaron y aclararon que próximamente se hará una reunión con vecinos para explicar los detalles y coordinar acciones a seguir.