Andrés Paladino: “el policía le salvó la vida al delincuente que quiso matarlo. Vamos a pedir su sobreseimiento”

Lo dijo el abogado altagraciense que tiene a cargo la causa del policía al que le intentaron robar la moto y disparó.

El abogado altagraciense Andrés Paladino, tiene a cargo una causa resonante, que ha tomado estado nacional y que instaló nuevamente el debate de la “legítima defensa”. Se trata del policía que le disparó a dos delincuentes que intentaron robarle la moto durante la noche de este lunes en Río Negro al 4000 (barrio Smata) de la ciudad de Córdoba. Uno de ellos escapó y el otro sufrió graves heridas por lo que permanece internado. Inmediatamente después la Justicia le retiró el arma y comenzó el proceso de investigación, sin embargo Paladino asegura que va a pedir su sobreseimiento y que las cosas “no fueron tal como salieron en los medios”

Descríbame de qué manera sucedió el hecho delictivo

Mi defendido, Alexis Rubén Heredia, salía del gimnasio y portaba su arma reglamentaria. Y me detengo acá para aclarar que el policía es policía las 24 hs y es su obligación llevar el arma consigo. El Policía no cumple la jornada laboral de 8 hs y deja de ser policía porque estando de civil tiene la obligación de ejercer su función. Lo interceptan, hacen que descienda de la moto, los agresores venían también en una moto, desciende, él se separa del rodado y cuando van a sacar la llave lo encaran apuntándolo con una pistola calibre 22. De hecho, le efectúan uno o más disparos, otro tema que también está en investigación. Primeramente se identifica Heredia, mi defendido, como personal policial y ahí es cuando efectúa el disparo que impacta en uno de los delincuentes y el otro huye. Hay otra cosa que es importantísima. Salen los vecinos y en ese momento se segura Heredia que la persona no está en condiciones de seguir agrediéndolo porque la pistola que llevaba, con la que había efectuado los disparos, había caído lejos.

Qué pasó después

Pide asistencia de los vecinos,  llama a la Central de Policía, pide refuerzos. Le envían los refuerzos, queda en frecuencia, le mandan la ambulancia pero en el ínterin y mientras sucedía esto, los vecinos pueden ver un acto de profunda humanidad y de profesionalismo por parte de Heredia. Mi defendido tenía conocimiento de medicina táctica, que lamentablemente no todos los policías tienen, por lo que cuando ve un herida exanguinante de la pierna identifica que posiblemente es una herida de femoral, es decir, una herida que causa la muerte de una persona en dos minutos porque se desangra y hay muy poquito tiempo para torniquetear. El término que usamos habitualmente cuando tenemos una herida de este tipo, y  ahora hablo como especialista en tiro defensivo y legítima defensa, es “hay que cerrar canillas”, ¿cómo se cierra esa canilla?’ torniqueteando. Heredia tomó conciencia de la gravedad del hecho por lo que le pide a un vecino un cinto y un palito, con eso hace un torniquete casero y cierra esa canilla, o sea corta el flujo sanguíneo y ahí llega la ambulancia, lo llevan y lo internan. Tengo entendido que continúa en terapia intensiva.

¿Por qué quiere aclarar el hecho?

Pretendo contar las cosas como son porque hubo muchas versiones desvirtuando lo que realmente pasó o sea cuentan la mitad de las cosas. Acá, la víctima fue el policía. El policía lo que hace es defenderse y no solo se defiende sino que también le presta auxilio al delincuente que intentó matarlo y despojarlo de sus bienes. El policía le salvó la vida al delincuente que quiso matarlo. Con el torniquete pudo llegar al hospital con vida.

¿El policía está apartado de sus funciones y en investigación, verdad?

La causa está en etapa investigativa. Al policía se le va a restituir el armamento porque se lo encontró psicológicamente estable. Nosotros vamos a pedir a la Fiscalía el sobreseimiento porque entendemos que hay una causa de justificación, es decir una situación de hecho y de derecho que excluye la antijuricidad de la acción, osea que si no fuera una legítima defensa esto sería un delito. Acá no hay delito justamente porque existe la causa de justificación y para que sea así nos basamos en el artículo 34 del Código Penal que habla de la legítima defensa. ¿Cuándo hay legítima defensa?’ cuando uno repele una agresión ilegítima como fue en este caso, cuando hay una necesidad racional del medio empleado para impedir o repeler la agresión y cuando hay falta de provocación por parte del que se defiende, es decir, de  Heredia. Hemos presentado el escrito para asumir la defensa, la causa se encuentra en la Unidad Judicial de Robos y Hurtos, y estamos esperanzados en la resolución.