La intención llega al Concejo Deliberante mediante un proyecto de ordenanza del oficialismo.
Este miércoles se presenta en la mesa del Concejo Deliberante un proyecto de ordenanza que insta al Ejecutivo a incorporar bajo su órbita un programa de Promoción de la Salud Mental y Emocional en adolescentes. La intención llega de la mano del bloque oficialista, más precisamente del concejal Pedro Spinetti, quien se incorpora hoy nuevamente tras un receso en sus actividades por cuestiones de salud.
Entre sus considerandos, dice que “la salud es un derecho esencial y un bien social que hace a la dignidad humana. Los habitantes de la Ciudad de Alta Gracia tienen derecho a un completo bienestar psicofísico y espiritual”, que “corresponde al Estado Municipal establecer políticas destinadas a atender eficientemente la salud; que la prevención de enfermedades resulta en un beneficio al estado y a toda la sociedad, generando ahorro de recursos, y propiciando un estado de salud en las personas, y que es inherente a la función de éste Concejo participar en la elaboración, planificación y ejecución de políticas públicas de salud integral e inclusión social”, entre otras cosas.
Por otra parte, que “según la Organización Mundial de la Salud, la depresión, la ansiedad y los trastornos del comportamiento se encuentran entre las principales causas de enfermedad y discapacidad entre los adolescentes y que el suicidio es la cuarta causa de muerte entre los jóvenes de 15 a 19 años”.
Aporta, por otra parte que “uno de cada siete adolescentes de 10 a 19 años (14%) padece algún trastorno mental y estas enfermedades siguen en gran medida sin recibir el reconocimiento y el tratamiento debidos; y que el hecho de no ocuparse de los trastornos de salud mental de los adolescentes tiene consecuencias que se extienden a la edad adulta, perjudican la salud física y mental de la persona y restringen sus posibilidades de llevar una vida plena en el futuro”.
Señala en el escrito una serie de factores más que justifican que el estado municipal se haga cargo de tomar medidas en la prevención de este tipo de enfermedades, y que este programa está dirigido a instituciones educativas secundarias de la ciudad de Alta Gracia y tiene por objetivos “comprender cómo obtener y mantener una buena salud mental y emocional, identificar los trastornos mentales – emocionales y su tratamiento, disminuir el estigma y mejorar la eficacia de la búsqueda de ayuda”.
En caso de aprobarse, la autoridad de aplicación será la Secretaría de Salud, Desarrollo y Equidad, a través de la conformación de un gabinete de profesionales que recorran las escuelas ofreciendo diferentes charlas-talleres sobre la promoción de la Salud Mental y Emocional en los adolescentes. Será la encargada, además, de la elaboración del programa de Promoción de la Salud Mental y Emocional en adolescentes así como el cronograma de las charlas – talleres a realizarse en las escuelas de nivel medio de la ciudad de Alta Gracia.
EL PROYECTO
Promoción de la Salud Mental y Emocional en los adolescentes
Visto La Ley Nacional de Salud Mental N° 26657, sancionada en el 2010, que define a la misma como un proceso determinado por componentes históricos, socio-económicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona, y
C O N S I D E R A N D O
Que según la Organización mundial de la salud la salud mental es un componente integral y esencial de la salud. La define como un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades
Que la salud es un derecho esencial y un bien social que hace a la dignidad humana. Los habitantes de la Ciudad de Alta Gracia tienen derecho a un completo bienestar psicofísico y espiritual.
Que corresponde al Estado Municipal Establecer políticas destinadas a atender eficientemente la salud.
Que la prevención de enfermedades resulta en un beneficio al estado y a toda la sociedad, generando ahorro de recursos, y propiciando un estado de salud en las personas
Que es inherente a la función de éste Concejo participar en la elaboración, planificación y ejecución de políticas públicas de salud integral e inclusión social
Que la salud mental y el bienestar son fundamentales para nuestra capacidad colectiva e individual de pensar, manifestar sentimientos, interactuar con los demás, ganar el sustento y disfrutar de la vida. Sobre esta base se puede considerar que la promoción, la protección y el restablecimiento de la salud mental son preocupaciones vitales de las personas y en especial de éste Concejo Deliberante.
Que según la Organización Mundial de la Salud La depresión, la ansiedad y los trastornos del comportamiento se encuentran entre las principales causas de enfermedad y discapacidad entre los adolescentes, el suicidio es la cuarta causa de muerte entre los jóvenes de 15 a 19 años.
Que según la misma organización internacional los problemas de salud mental de los niños y adolescentes están aumentando durante la pandemia de Covid 19. El aislamiento, la falta de contacto social, la interrupción de las actividades educativas, los cambios de hábitos, los problemas laborales y económicos de las familias, etc. están afectando la salud mental de la población.
Que Aunque en el mundo, según se calcula, uno de cada siete adolescentes de 10 a 19 años (14%) padece algún trastorno mental (Institute of health Metrics and Evaluation. Global Health Data Exchange (GHDx)), estas enfermedades siguen en gran medida sin recibir el reconocimiento y el tratamiento debidos.
Que el hecho de no ocuparse de los trastornos de salud mental de los adolescentes tiene consecuencias que se extienden a la edad adulta, perjudican la salud física y mental de la persona y restringen sus posibilidades de llevar una vida plena en el futuro.
Que las alteraciones en la salud mental pueden afectar a las personas en su modo de pensar y a sus conductas, así como a su capacidad para proteger sus propios intereses y, en ocasiones excepcionales, a su capacidad para tomar decisiones. En segundo lugar, las personas con trastornos mentales se enfrentan a la estigmatización, a la discriminación y a la marginalización en la mayor parte de las sociedades. La estigmatización incrementa la probabilidad de que a estas personas se les niegue el tratamiento que necesitan o de que reciban una atención de menor calidad e inadecuada a sus necesidades. La marginación y la discriminación también aumentan el riesgo de que se produzcan violaciones de sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales por parte de los proveedores de servicios de salud mental y de otros.
Que las intervenciones de promoción de la salud mental de los adolescentes van orientadas a fortalecer su capacidad para regular sus emociones, potenciar las alternativas a los comportamientos de riesgo, desarrollar la resiliencia para gestionar situaciones difíciles o adversas, y promover entornos y redes sociales favorables.
Que Los problemas más frecuentes en los niños y adolescentes son la ansiedad, la depresión, el insomnio, el trastorno de la conducta y el trastorno del déficit de atención e hiperactividad. Se ha demostrado asociación entre distintas conductas de riesgo (sexuales, de alimentación, violencia, acoso escolar, consumo de tabaco, alcohol y drogas) y la depresión y otros estados de salud mental negativos. Además puede ser la causa de suicidio en esta etapa de la vida
Que la prevención y la promoción de la salud tienen siempre mejor pronóstico si se realizan desde temprana edad.
Que poner en marcha un gabinete de profesionales que recorran las escuelas ofreciendo diferentes charlas-talleres sobre la promoción de la Salud Mental y Emocional en los adolescentes para poder prevenirlas, permitiría la identificación temprana de los problemas mentales que pueden afectarlos y otorgarles el conocimiento de las herramientas necesarias para enfrentarlos.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1°.- INSTITUYASE en el ámbito de la municipalidad de Alta Gracia el programa de Promoción de la Salud Mental y Emocional en adolescentes-
Articulo 2°. El programa al que se refiere el Artículo 1 está dirigido a instituciones educativas secundarias de la ciudad de Alta Gracia y tiene por objetivos comprender cómo obtener y mantener una buena salud mental y emocional, identificar los trastornos mentales – emocionales y su tratamiento, disminuir el estigma y mejorar la eficacia de la búsqueda de ayuda
Artículo 3 °. AUTORIDAD DE APLICACIÓN. La Secretaría de Salud, Desarrollo y equidad, o el organismo que la sustituyere en sus competencias, será la Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza, a través de la conformación de un gabinete de profesionales que recorran las escuelas ofreciendo diferentes charlas-talleres sobre la promoción de la Salud Mental y Emocional en los adolescentes.
Artículo 4°– La Autoridad de Aplicación realizará el diseño y la elaboración del programa de Promoción de la Salud Mental y Emocional en adolescentes así como el cronograma de las charlas – talleres a realizarse en las escuelas de nivel medio de la ciudad de Alta Gracia.
Art. 5°.- De forma.